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DELEGACIÓN DE ARABA:
945 231212
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INICIA SESIÓN / REGISTRARME
Búsqueda de entidad financiadora
según el artículo 64 bis de la Norma sobre Impuesto de Sociedades
Tener su sede social y fiscal en el territorio de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Navarra.
Contar con el informe previo de Calificación Fiscal emitido por Beaz o Spri.
El proyecto por el cual se solicita financiación deberá de estar sin comenzar o haber trascurrido menos de nueve meses desde su inicio.
Revisen los siguientes links para conocer los detalles y criterios de aplicación de la normativa 64bis/62 en cada uno de los territorios históricos:
Bizkaia
Gipuzkoa
Araba
Navarra
Más información
Plataforma Elkargi64bis
Búsqueda de entidad financiadora según el artículo 64 bis de la Norma sobre Impuesto de Sociedades.
Aplicación para la identificación de entidades financiadoras para empresas que desarrollan proyectos de I+D+i según el artículo 64 bis de la Norma 11/2013 del 5 de diciembre sobre Impuesto de Sociedades.
Si se trata de una empresa que busca financiación para el desarrollo de su proyecto:
Requisitos:
Tener su sede social y fiscal en el territorio de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Navarra.
Contar con el informe previo de Calificación Fiscal emitido por Beaz o Spri.
Si no cuenta con informe previo de calificación puede solicitarlo
aquí
El proyecto por el cual se solicita financiación deberá de estar sin comenzar o haber trascurrido menos de nueve meses desde su inicio.
Documentación a adjuntar:
Datos del solicitante e información administrativa de la empresa a la cual representa.
Datos básicos del proyecto.
Informe de calificación del proyecto por el cual se busca financiación (No será visible para las entidades financiadoras).
Información complementaria que la empresa desea compartir.
Si se trata de una entidad que quiere financiar un proyecto:
Requisitos:
Tener su sede social y fiscal en el territorio de Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Navarra.
Documentación a adjuntar:
Datos del solicitante e información administrativa de la empresa a la cual representa.
Todos los proyectos que se presentan en la plataforma cuentan con informe de calificación motivado por lo que los proyectos representados cuentan con base deducible real, previamente emitido.
Observaciones: Una vez transcurrido el plazo máximo para suscribir el contrato de financiación entre las dos partes (9 meses desde la fecha de inicio del proyecto o en su defecto a la finalización del periodo impositivo en el que da comienzo el proyecto) el proyecto será eliminado de la aplicación de acorde a la normativa sobre los plazos para suscribir el contrato de financiación.
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